miércoles, mayo 30

A FAVOR DE LOS PRODUCTOS PERUANOS DE CALIDAD


Escuchamos la noche pasada la exposición del Presidente de la República Dr. Alan García Pérez, sobre la posibilidad que todo peruano pueda aportar en el desarrollo del país con ideas y proyectos que permitan que salgamos a flote tanto en la parte social, educativa, económica, en fin en toda la multitud de problemas que nos aquejan a nivel macro y micro.

Aprovechando este espacio y en aras de poder promocionar y difundir los productos de calidad que se produce en el Perú, pensábamos con un grupo de colegas, - por qué? En nuestra capital y ciudades más importantes existen esos grandes consorcios, almacenes y tiendas gigantes de compañías trasnacionales (mayormente chilenas), que expenden generalmente productos extranjeros, no dando mayor cabida a los productos y servicios de gran calidad que se producen en nuestro país.

Contrastábamos en que seria ideal que el gobierno, propendiendo a dar una mayor y mejor difusión de lo que producimos, debería crear -emulando talvez al Jockey Plaza- un gran centro comercial de igual o mayor magnitud y calidad llamado “PERU PLAZA”, en donde cada departamento con sus provincias de nuestro país tuviera un gran espacio para mostrar como una vitrina o mostrador, sus mejores productos oriundos, sus mejores empresas, sus impresionantes artesanías, sus bellos paisajes, sus exóticas danzas y música, sus deliciosas comidas, sus misteriosas costumbres y tradiciones, todo esto hecho con mucha calidad propio y similar a lo que muestran estos inmensos negocios.

Pero, como condición para poder ser elegido para ser parte de este gran mercado de oportunidades, y haciendo que cada uno de los participantes pueda lograr y así tener mayor productividad y como premio a su tesón, cada gobierno regional seleccionaría en base a una exigente calificación a cada una de las empresas, comunidades y entidades, las cuales ganarían su oportunidad de participar en un periodo prudencial y rotativo, siempre y cuando demuestren la gran calidad de cada uno de sus productos o servicios, su identificación con la zona en la cual realiza sus actividades y el aporte al desarrollo que da su entidad al lugar de su origen.

Sabemos que en cada región, provincia o distrito tenemos buenos elementos que coadyuvarían al logro de este gran recinto de la peruanidad; el cual tendría coliseos y teatros donde se muestren cada semana y durante todo el año las diferentes aportes culturales de cada pueblo; tendría bibliotecas que expendan las creaciones literarias de cada lugar; salas de exhibiciones para las pinturas regionales; cines que sólo proyecten películas y producciones peruanas, así como sus diversos paisajes; zonas donde confluyan en lugares específicos las riquezas de nuestro país en la flora, fauna y minerales. Se tiene un recinto, el cual está abandonado, aquel donde se realizaba la famosa Feria del Hogar, recinto inmenso que se utilizaría todo el año.

Pensamos que el Gobierno Central lo puede hacer, pensamos que nosotros lo podemos lograr, no esperemos que otros países se desarrollen a expensas nuestras, no seamos conformistas, de las oportunidades y ganas de hacer bien las cosas se puede lograr en un futuro que nuestro país sea una gran vitrina y a través de esto desarrollemos y salgamos de este tercer mundo.

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EVITEMOS UNA DESGRACIA MAYOR EN SAN RAMON


Es totalmente desagradable la actitud de ciertas autoridades, por cuanto ellos utilizan la desgracia para hacer actos de “figuretismo”. Señores no necesitamos que vengan con sus camionetas a visitar las cercanías al desastre, a tomarse fotos y a ser entrevistados por la prensa, lo que se necesita urgentemente es traer apoyo en víveres, ropa, tiendas de campaña, medicinas y cobijas para mitigar mínimamente el dolor de las familias que perdieron todo. Necesitamos maquinarias (cargadores frontales, palas mecánicas, orugas) y personal técnico para la limpieza del lodo que ha cubierto las viviendas de este lugar. Es meritoria la labor ejecutiva del Dr. Vladimiro Huaroc, para hacer frente al desastre ocurrido, que lo ha sometido a prueba en estos menesteres (a veinticuatro d{ias de haberse hecho cargo de la Región), habiendo gestionado a través de la PNP, un helicoptero para el estudio de la zona afectada.

Aun la reunión del Comité Provincial de la Provincia de Chanchamayo, no ha previsto el posible desastre que podría ocurrir si persisten las lluvias, ellos deberían de coordinar también con las personas de la zona devastada y profesionales conocedores del problema en San Ramón, como el caso del Dr. Jarol Leveau Acosta, que alerta que de seguir las inclemencias del clima, es posible el desembalse de la Represa de Chimay, que debido a la crecida de los riachuelos y afluentes, podrían generar la inundación de gran parte de la zona urbana de esta ciudad.

Señores Congresistas del Bloque Junín, Alcaldes distritales, jefes de Provías, del Proyecto Especial Pichis Palcazú, de A Trabajar Rural y Urbano, del MTC, entre otros, ahora es el momento de apoyar con personal y con su maquinaria ociosa, poniendo en práctica una descentralizaci´n efectiva y solidaria. No pongan por pretexto la falta de combustible por problemas administrativos, u otras limitaciones, pues sabemos que la Ley 26850 y el D.S. 083-2004-PCM, “Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado”, manifiesta en su Artículo 22.- Situación de emergencia - que se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, en este caso toda Entidad Pública queda exonerada de la tramitación de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley. Asimismo el D.S. 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley, en su Artículo 142.- Situación de emergencia – dice: que la situación de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, después de lo cual deberá convocar los procesos de selección que correspondan. Entonces señores “Autoridades”, sean ejecutivos y apoyen inmediatamente en la apertura de las carreteras y acceso a los anexos, para poder saber la magnitud del desastre y poder asistir con apoyo y asimismo solucionar la salida de los productos que son precibles, y que se saben estuvieron cosechados, como la piña y panllevar.

No esperemos que algo que se puede prevenir AHORA, produzca un desastre de grandes magnitudes. Es tiempo que el responsable de Defensa Civil de la Provincia, deje de preocuparse de problemas sindicales y actúe formando brigadas de auxilio que lleguen a las zonas donde no son accesibles los medios de comunicación. Es preciso que se actúe con profesionales técnicos que manejen estos problemas y se rescate a las víctimas incontables que aún no han recibido siquiera un poco de alimentación y abrigo en la zona rural.

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ENTRE UN REO CONTUMAZ Y UN PRESUNTO HOMICIDA




Estos días aciagos en nuestro país, han significado una suerte de develamiento de la pobreza moral e ignorancia de nuestra población y, de la ilusa, mordaz e hipócrita postura de cada partido político; queremos creer que estos resultados son la lectura grandilocuente y equivocada de sus slogan’s caducos, que embelesaron fácilmente a la gran masa receptora, para luego realizar sin querer queriendo la inefable búsqueda DEL CAMINO equivocado y demostrar la falta de AMOR POR EL PERU. Esta realidad meramente subjetiva refleja en los peruanos el cansancio mental y las pocas ganas de analizar concienzudamente la realidad de cada postulante a la Presidencia y al Congreso, quienes por su ingrata decisión se ganaron el apelativo de “votantes mediocres”. Podemos apreciar la conclusión lógica y, meditar siquiera un momento? ...pensar que ahora posiblemente sólo podremos elegir como presidente del Perú a un REO CONTUMAZ ó a un PRESUNTO HOMICIDA, que tristeza.
Elegir a un personaje hablador, mentiroso y deshonesto, que durante los dos primeros años de su gobierno se negó a pagar la deuda externa y con esos fondos subvencionó alimentos y realizó aumentos indiscriminados a los empleados estatales, lo cual creó una falsa imagen de bienestar en el país, lo que motivó que el Perú fuera declarado inelegible como acreedor ante organismos internacionales, se le negaron los créditos y empezó la terrible inflación. Durante su gobierno destrozó y desapareció dos monedas; primero el Sol que se devaluó tanto que tuvo que inventar el Inti, la inflación siguió y este se empezó a devaluar también y tuvo que inventar otra moneda que se llamó Nuevo Sol equivalente a un millón de los antiguos soles. Casi al final de su gobierno y desesperado porque ya no había fondos en el tesoro público, intentó estatizar la banca, los seguros y las financieras. Creó el dólar MUC para las importaciones, es decir un dólar más barato que el dólar bancario al cual accedían los importadores previo trámite ministerial; y los derechos humanos???...la matanza en el frontón...?, lo enjuiciaron por muchas cosas.....se fue a Francia por diez años para que sus delitos prescriban, como todo un cobarde no se enfrentó a la justicia...y ahora nos engaña con su “INOCENCIA”.
Que podemos esperar ahora amigos “suicidas colectivos” con el “grupo Humala”?, querer imitar a países inestables como Venezuela, Ecuador y Bolivia?. Sería bueno acaso una masiva salida de capitales?, un incremento notorio de la inmigración desde zonas rurales y de provincias a la capital?. La caída de la bolsa de valores y los bienes raíces?. Tendrá el BCR que reducir a diario su posición de cambio para mantener el dólar estable?. Será bueno el rechazo al TLC con EEUU?, ahuyentar las inversiones y dejar que la mayoría de compañías transnacionales abandone el país al no aceptar renegociación de contratos impuesta por Humala?, nombrar una Asamblea Constituyente para una Nueva Constitución con sueldos por un año de los cien miembros de ésta iguales a lo de los congresistas?.
Creo que nuestra suerte AHORA va a depender de nosotros mismos, de la sociedad colectiva que quiere cambiar su forma pesimista de pensar..., no seamos más, simples espectadores, TRABAJEMOS DURO Y CON HONESTIDAD, y ojalá que quien salga elegido, pese a todo, cambie para bien.

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OLIGOCRACIA, AUTOCRACIA,... Y, ¿LA DEMOCRACIA?

Metido en mis confusiones, dudas e ignorancias, en el ir y devenir actual de las elecciones, proceso tan peruano, tan populachero y plagado de peroratas y rechiflas, trato de buscar una salida para librarme de tanta palabrería electorera; reflexiono un momento y me encuentro con una y mil palabras desconocidas, estoy seguro que alguien trata de enloquecerme: “oligarquia”, busco mi SOPENA que dice -del griego oligarkhía, y este de olígoi (pocos) y árkho (gobierno), en otras palabras significa “el gobierno de pocos” o, mejor dicho el grupo minoritario de personas, generalmente con gran poder e influencia, que dirige y controla una nación; luego escucho en la TV: “anarquía” y, nuevamente mi pequeño diccionario me da la respuesta-“an” (sin) y “arquía” (gobierno), quiere decir un gobierno sin jefe; “autocracia” del griego autokráteia, y este de autós (mismo) y kratéo (yo domino), que en términos claros es: el sistema de gobierno en el que una sola persona ejerce el poder sin limitación de autoridad...., ante una avalancha de palabras raras que casi no puedo retener ni copiar me da tanta alegría de tener a alguien tan pequeño y sabio entre mis manos; me siento todopoderoso y decido probar suerte como un “demagogo insensato mas”, entonces empiezo; haber si me sale:
“...Hoy hablaré de los oligarcas, anarquistas, autócratas y demócratas que se sucedieron uno a uno en el poder; pero no sé por quien empezar, todos esos años están jalonados por seudo demócratas, por Sánchez Cerro, el de la zoocracia y el canibalismo, que valiéndose de las masas y las damas de la Parada quiso imponer autoridad; por Benavides, inclemente en el acosamiento de sus opositores, que lo enfrentaban y afrentaban desde las catacumbas de Incahuasi sin más armas que un mimeógrafo, panfletos y simbólicas molotov, siempre queriendo sorprender con dadivas al Seguro Social; por Prado, frívolo, bancócrata, último virrey y ficticio demócrata; por José Luis Bustamante y Rivero, comodatario del poder que olvidó quién era el dómine o maestro, pese a su sagacidad jurídica; por Odría, taciturno tiranuelo manipulado por una oligarquía arcaizante y vesánica, amparado en sus obras públicas y la participación de los trabajadores; por Fernando Belaunde, que pese a su pureza personal, resultó electo por coacción y no por acción en franca inteligencia con el militarismo, el que hablando de antiimperialismo era vociferante en público y obsecuente en privado, quien expoliaba El Comercio, aunque fuese sólo para parecer miroquesadino político sin los Miroquesada; por Velasco, la figura más negra del aquelarre castrense, repetidor incruento del sacrificio del Perú; Morales Bermúdez, hamletiano personaje, ubicuo, indeciso, católico pero seguidor de la herejía maniquea, castigado a borrar con los pies lo que hace con la mano; Alan García, rubicundo embelesador de masas con su infinita verborrea, continuista del desastre económico y político; Fujimori, que pese a haber estabilizado la economía y haber erradicado el terrorismo, fue el destrozador de la institucionalidad republicana en virtud del voto de la oclocracia (abuso que se instala en el gobierno); y Toledo, un aventurero que fingió de apóstol, un tanto mentirosillo, tirando a nepotista, que tuvo que continuar la receta económica heredada para no parecer irresponsable, olvidadizo sempiterno de promesas electoreras...”
Casi, casi un circo político con personajes de celebridad etérea, de locuacidad hasta el hartazgo, pero de poquísima o casi nula consecuencia con la demócracia..., “demo” pueblo, “cracia” poder.

INTEGRIDAD, VALORES ETICOS Y RESPONDABILIDAD

Es propio recordar los valores de los cuales debe hacer uso en el trajinar de su función todo profesional ya sea en el ámbito Público o Privado. LA INTEGRIDAD constituye una calidad de la persona que mantiene principios morales sólidos y vive en un marco de valores; LA ETICA está conformada por valores morales que permite a la persona adoptar decisiones y tener un comportamiento en las actividades que le
corresponde cumplir como persona y profesional; LA RESPONDABILIDAD se entiende como el deber del profesional de rendir cuenta ante una autoridad superior y ante el público por una misión u objetivo encargado y aceptado. Por tanto no sólo se debe cautelar y motivar el cumplimiento de tales valores y principios de orden moral, de disciplina, honestidad, diligencia, y rectitud en el trabajo que se ejecute, sino que estamos en la obligación de dar muestra de la observancia en el desempeño de nuestra profesión como lo menciona específicamente la Norma de Control Interno 700-02 en su numeral (4) “...los contadores públicos son “respondables” por el registro de las operaciones que involucran recursos, así como por la elaboración de los estados financieros de cada entidad...” .
Por cuanto todos los actos, desempeño, y forma de proceder que realicemos en el quehacer profesional nos puede (si tiene un mal proceder), en un tiempo futuro, llevar a arrepentirnos, como en el siguiente extracto en el cual se advierte nuestro (a veces) actuar equivocado:
“Cuentan que un maestro de construcción, que había trabajado desde joven para una constructora, estaba a punto de jubilarse. El dueño le pidió que postergara su jubilación, pues tenía una nueva casa que construir. El maestro aceptó frustrado; en realidad ya no quería trabajar. Construyó la casa con mala calidad y con rencor hacia su jefe por hacerlo trabajar. Cuando terminó, su jefe le dijo: querido amigo y colaborador de la vida, toma la llave de tu casa. Esta última casa la has construido para ti. Es un regalo por todo lo que has contribuido.
Siempre trabajemos pensando que el producto de nuestro esfuerzo nos beneficiará, aún así seamos empleados en Instituciones Públicas o empresas privadas.

ENGAÑO TRAS ENGAÑO

No estoy en contra de la repartija de puestos del Gobierno Aprista, ni de la serie de actos politicoides del Presidente de la República, pero es totalmente inaudito que en la Provincia de Huancayo quieran “hacernos los cholitos” o “dorarnos la pastilla”. Es inconcebible que el Concejo Municipal de Huancayo haya “inventado” la VACANCIA HONORÍFICA para que el Alcalde elegido Fernando Barrios Ipenza (Aprista) pueda dejar la Municipalidad y ser designado Presidente Ejecutivo de ESSALUD. ¡Pero, basados en que Ley señores!?, cómo puede ser que las instancias que defienden al Estado y a la población no se manifiesten?, acaso desconocen que el Artículo 194° de la Carta Magna dice: “Los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro (4) años. Pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable e irrenunciable, conforme a ley”. El decir que es revocable significa que puede su mandato ser dejado sin efecto por motivos explícitos contemplados en la Ley de Municipalidades (Ley 27972), y al referirse a que es “irrenunciable” significa que los alcaldes no pueden abandonar voluntariamente su mandato; opciones estas que no mencionan ni disponen algo tan ingenioso y delincuencial como la vacancia honorífica.
No podemos aceptar una burla más de personajes a quienes se les dio la confianza y luego por ansias de poder, desdeñan y abandonan al pueblo. Desde el inicio de la presente gestión edil, estamos asistiendo a ser observadores de una interminable feria y “concesión” de cuanto servicio maneja nuestra Municipalidad Provincial de Huancayo, servicios públicos que fueron ofertados como cualquier servicio secundario a empresas, no de nuestra “Incontrastable” sino de la Capital de la República.
La Gerencia de Rentas , que tenía personal incluido en el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad, entre permanentes y contratados, fue desmembrada, habiéndola “concesionado” al SATH, una empresa privada de capitales externos. Nos preguntamos qué fue de los trabajadores que estuvieron tanto tiempo en esta área?, la modalidad de proceso para su concesión (adjudicación o licitación) se ajustó a lo legal?, está en la actualidad dentro de lo legal?, será beneficioso para la Municipalidad el porcentaje que se le ha asignado?, en fin son tantas interrogantes que el ex Alcalde viajero tendrá que aclarar.
También fueron concesionados el servicio de Baja Policía (recojo de basura), servicio de Limpieza Pública, el Terminal Terrestre, la piscina y complejo del cerrito de la Libertad y nuestra empresa del agua Sedam Huancayo.
La Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, en su Art. 33º.- “Otorgamiento de Concesión” y Art 65º.- “Cesión en uso o concesión”, le da la potestad para concesionar, pero acaso esta gestión que ya se termina no puede manejar por si sola la Administración de las Gerencias de Rentas, de Servicios y/o Comercialización?. Acaso los que lo secundaron no fueron capaces de administrar estas áreas con el personal que tiene?, acaso no reciben su sueldo precisamente para cumplir con los objetivos y metas señalados y no derivar estas responsabilidades a terceros?. Precisamente esta ley fue modificada para hacer de las municipalidades entes más ejecutivos y con visión empresarial. No es dable que se desperdicie el capital humano que existe.
Tampoco se puede aceptar que congresistas hagan suyo los proyectos que serán ejecutados por el Poder Ejecutivo, los congresistas legislan y fiscalizan, no engañemos al pueblo que les dio la confianza señores apristas.
Ahora cuidemos a ESSALUD para que los servicios que ofrece no sean tercerizados y/o concesionados…

GARANTIA DEL DEBIDO PROCESO LABORAL

A propósito de las sentencias del Tribunal Constitucional que limitan los procesos de amparo en materia laboral, consideramos que el TC en sus fallos debiera de precisar que conforme a la Ley 26636 - Ley Procesal de Trabajo, los juzgados de trabajo son competentes para conocer los procesos de impugnación de despido, esto es, las demandas por nulidad de despido y de despido arbitrario, previstos en los Arts. 24, 25 y 29 del TUO del D. Leg 728 (D.S. 003-97-TR).
El numeral 3° del Art. 139 de la Constitución al referirse al debido proceso y la tutela jurisdiccional, establece que ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos por ley, que en este caso es la ley procesal de trabajo, por tanto el juez laboral es el competente en los procesos de impugnación de despido de trabajadores. En efecto, el TC debe tomar en cuenta el numeral 2º del Art. 5º del Código Procesal Constitucional que establece que no proceden los procesos constitucionales cuando "existan vías procedimentales específicas, igualmente satisfactorias, para la protección del derecho constitucional amenazado o vulnerado, salvo cuando se trate de habeas corpus".
Recordamos entonces, que están vigentes los Arts. 2º y siguientes de la Ley 26636 - Ley Procesal de Trabajo - que define cuál es la competencia de los juzgados de trabajo por razón de territorio, materia, función y cuantía. Entre otros, corresponde conocer al juez de trabajo los procesos de impugnación del despido (nulo y arbitrario); actos de hostilidad, incumplimiento en el pago de remuneraciones y beneficios sociales; ejecución de sentencias, indemnización por daños y perjuicios por comisión de falta grave.
Las Salas Laborales igualmente tienen definidas sus competencias, por ejemplo, deben de conocer en segunda instancia acciones populares en materia laboral; impugnación de laudos arbitrales emanados de una negociación colectiva; acción contencioso administrativa en materia laboral y seguridad social; conflictos entre juzgados de trabajo y autoridades administrativas; quejas por denegatoria de recurso de apelación; entre otros.
El proceso de amparo sin estación probatoria sometido a un juez civil no especializado, ha generado la avalancha de procesos laborales, con fallos que han venido siendo cuestionados en los últimos años. Por ello, las sentencias que expida el TC, debería de precisar con suma claridad – como lo ordena la ley – que el juez laboral es el competente para conocer materias laborales, dentro de un proceso ordinario donde los trabajadores y los empleadores ofrecen y actúan las pruebas sobre la controversia laboral. Solo así se estará cumpliendo con uno de los principios en la administración de justicia, que garantiza el debido proceso a todos los litigantes.
Conforme a la Constitución y a la ley el TC no declara derechos, su labor es interpretar la Constitución y la ley y restablecer los derechos constitucionales conculcados. Si el TC mantiene su criterio de que el Art. 34 del D. Leg. 728, que establece el pago de indemnizaciones por despido arbitrario, no constituye adecuada protección de los trabajadores debería de solicitar su modificación o derogatoria al Congreso y en tanto ello no ocurra, el Poder Judicial y el propio Tribunal están en la obligación de cumplir y aplicar la ley.

Contribución de los Contadores Públicos

A fines del año 2005 se llevó a cabo en la ciudad de Lima las Jornadas de Tributación denominadas “Prospectiva del Sistema Tributario Nacional para el Próximo Quinquenio”, los Contadores Públicos a nivel nacional con el compromiso de promover una reforma tributaria integral y asumiendo un rol protagónico en el desarrollo de la política económica de nuestro país desarrollaron temas de importancia práctica en la parte tributaria. Al término de estas jornadas arduas de análisis y debate que contó con la participación de renombrados expositores vinculados a la doctrina, aplicación y asesoramiento tributario profesional, se llegó a conclusiones generales en la búsqueda de una nueva reforma tributaria para el próximo quinquenio, las cuales fueron actualizadas a Julio del 2006 y se resumen a continuación:

• La reforma tributaria debe ajustarse necesariamente a los principios jurídicos de legalidad, capacidad contributiva, no confiscatoriedad e igualdad que ordena la Constitución Política del Perú. Es de mencionar el principio de legalidad, lesionado por la continua normativa que no respeta el mismo, como las normas de rango inferior que exceden los alcances de otra norma de mayor jerarquía.
• Esta última recomendación cobra sentido en la medida que las normas que no respeten los principios tributarios constitucionales carecen de eficacia jurídica desde el mismo momento en que fueron publicadas, tal como lo ha dispuesto la sentencia del Tribunal Constitucional, cuando resolvió la demanda de inconstitucionalidad relativa al Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta (Expediente 033-2004-AI/TC).
• Se deben sentar las bases estructurales de un sistema tributario técnico, con la finalidad de contar con un esquema de recaudación simple y sin excesos para los contribuyentes, sin que por ello pierda su efectividad en los temas recaudatorios.
• Acorde con el principio de simplicidad administrativa, el nuevo sistema tributario debe proponer esquemas sencillos y equitativos que permitan y fomenten un mejor cumplimiento de las obligaciones tributarias, eliminándose todas las barreras burocráticas que limitan el acceso o permanencia en el mercado.
• El esquema de la nueva reforma tributaria debe ser predecible y sostenible en el tiempo, sin perjuicio de buscar fórmulas para reducir los niveles de evasión y ampliar la base tributaria de contribuyentes.
• El incremento de la presión tributaria no debe consistir en la creación de nuevos tributos ni en el aumento de las tasas proporcionales de los existentes o en dejar de considerar los impuestos municipales u otros “para fines específicos”, que afectan a los contribuyentes.
• Para generar una conciencia tributaria y un elemento disuasivo de riesgo que obligue a analizar la valorización del costo-beneficio al momento de tomar la decisión de realizar conductas punibles, se reconoce la necesidad de sancionar la evasión tributaria mediante la creación de normas drásticas y ejemplares contra el evasor, el falsificador, el contrabandista, el informal y en general con todo aquel que se desenvuelva económicamente al margen de la ley.
• Con la intención de generar un mayor crecimiento en sectores de menores recursos económicos, se debe mejorar sustancialmente el Régimen Único Simplificado (RUS) o en su defecto establecer un régimen tributario promocional para las medianas y pequeñas empresas.
• Se debe racionalizar el otorgamiento de exoneraciones tributarias basadas en regímenes promocionales geográficos o por actividades económicas específicas, reduciéndose progresivamente su vigencia y sobretodo, celebrar convenios sociales que permitan la supervisión y certificación de sus aplicaciones y efectos.
Sobre las bases de dichas consideraciones, se propone:
• Revisar las facultades discrecionales otorgadas a la Administración Tributaria en el Código Tributario para que sus acciones y resoluciones sean objetivas, respetando el marco legal establecido.
• Fijar reglas claras que determinen el proceso de fiscalización a cargo de profesionales especializados y autorizados por los Colegios Profesionales ya que actualmente se vienen dando abusos y arbitrariedades sin sanciones en dicha etapa.
• Establecer como ente autónomo al Tribunal Fiscal, dotándolo de más recursos humanos y materiales para que pueda otorgar mayor seguridad jurídica y resolver dentro de los plazos que señala el Código Tributario.
• Revisar los porcentajes referidos a los intereses moratorios aplicables a devoluciones a favor de los contribuyentes, guardando equivalencia con los intereses moratorios que cobra el fisco a las deudas tributarias insolutas.
• Revisar la tipicidad de las infracciones formales contenidas en las tablas de sanciones del Código Tributario y disponer que el incumplimiento de formalidades sólo deben ser sancionadas con multa y no con la pérdida del derecho a deducir gasto, costo o crédito fiscal.

Esto, sin lugar a dudas, es un paso concreto para hacer llegar de manera directa planteamientos a quienes en el futuro tengan la responsabilidad de guiar los destinos del país, con quienes de manera técnica estrechamos vínculos, los mismos que esperamos se refuercen para ofrecer la contribución profesional que todo Gobierno debe tomar en cuenta para alcanzar sus objetivos.
El Perú requiere urgentemente, en el entorno de la sociedad global en que estamos inmersos y participamos activamente, incentivar la investigación científica de la mano de sus organizaciones académicas y gremiales, para encontrar soluciones creativas y acordes a nuestra realidad, con el fin de superar los actuales índices de pobreza y proyectarse al futuro en condiciones ventajosas.

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“CONCESIONARIA” PROVINCIAL DE HUANCAYO?.


Desde el inicio de la presente gestión edil, estamos asistiendo a ser observadores de una interminable feria y “concesión” de cuanto servicio maneja nuestra Municipalidad Provincial de Huancayo, servicios públicos que son ofertados como cualquier servicio secundario a empresas, no de nuestra “Incontrastable” sino de la Capital de la República.

La Gerencia de Rentas, que tenía personal incluido en el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad, entre permanentes y contratados, fue desmembrada, habiéndola “concesionado” al SATH, una empresa privada de capitales externos. Nos preguntamos qué fue de los trabajadores que estuvieron tanto tiempo en esta área?, la modalidad de proceso para su concesión (adjudicación o licitación) se ajustó a lo legal?, está en la actualidad dentro de lo legal?, será beneficioso para la Municipalidad el porcentaje que se le ha asignado?, es procedente que le puedan donar un local al SATH para su funcionamiento?..., en fin son tantas interrogantes que el Alcalde viajero tendrá que aclarar.

También fueron concesionados el servicio de Baja Policía (recojo de basura), servicio de Limpieza Pública, el Terminal Terrestre, la piscina y complejo del cerrito de la Libertad y nuestra empresa del agua Sedam Huancayo. Pensará también concesionar el Serenazgo, la Policía Municipal, la Casa de la Juventud, y el Complejo Comercial que ha proyectado donde funcionó el Coliseo Municipal?. Nos hace pensar que si las normas se lo permitieran concesionaria su mismo puesto para así poder viajar mas frecuentemente. Eso si sería bueno señor Alcalde.

La Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, en su Art. 33º.- “Otorgamiento de Concesión” y Art 65º.- “Cesión en uso o concesión”, le da la potestad para concesionar, pero acaso esta gestión no puede manejar por si sola la Administración de las Gerencias de Rentas, de Servicios y/o Comercialización?. Acaso los que secundan al Alcalde no son capaces de administrar estas áreas con el personal que tiene?, acaso no reciben su sueldo precisamente para cumplir con los objetivos y metas señalados y no derivar estas responsabilidades a terceros?. Precisamente esta ley fue modificada para hacer de las municipalidades entes más ejecutivos y con visión empresarial. No es dable que se desperdicie el capital humano que existe.

A propósito del SATH, La Ley de Municipalidades en su Art. 70°- menciona: “El sistema tributario de las municipalidades, se rige por la ley especial y el Código Tributario en la parte pertinente. El Código Tributario en su Art. 54°, dice: “Ninguna otra autoridad, organismo, ni institución, distinto a SUNAT o las municipalidades, podrá ejercer las facultades conferidas a los órganos administradores de tributos bajo responsabilidad”. Asimismo, el Decreto Legislativo N° 776 - “Ley de Tributación Municipal”-, en su Art. N° 4° - menciona que: “Las Municipalidades podrán celebrar convenios con una o más entidades del “sistema financiero” para la “recaudación” de sus tributos”; y el Art. 93° - menciona: Las Municipalidades podrán entregar en concesión los servicios de “fiscalización” de los tributos a su cargo, siempre que no se viole el secreto tributario. Las municipalidades pueden suscribir convenios con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), orientados a optimizar la fiscalización de sus tributos, tasas, arbitrios, licencias y derechos. Esto quiere decir en resumen: que nuestro municipio provincial con el SATH puede optimizar la fiscalización más no la recaudación de los ingresos, que lo debería hacer una entidad financiera, como lo hace la misma SUNAT (a través del Banco de la Nación), ... entonces es ilegal que el SATH tenga sus ventanillas recaudadoras?, que maneje los fondos diariamente captados lo que le permite detraer directamente su utilidad?. Es función de la Administración Edil el manejo de los pagos que adeuda por los servicios que recibe. El dinero de la Municipalidad es intangible y debe ser depositado directamente a su cuenta corriente.

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COMPRAS CORPORATIVAS


La Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, propone la modalidad de las Compras Corporativas como una Alternativa para el Ahorro y uso Eficiente de los Recursos del Estado, se define las Compras Corporativas como una modalidad de contratación por la cual, mediante convenios interinstitucionales o por mandato normativo, las entidades del Estado adquieren bienes y contratan servicios generales en forma conjunta o agregada, a través de un proceso de selección único, aprovechando los beneficios de la economía de escala, en las mejores y más ventajosas condiciones para el Estado. En buena cuenta, las Compras Corporativas no son otra cosa que las contrataciones que realizan varias entidades en conjunto, con el fin de lograr mejores precios y mejores condiciones que las que se obtendrían si cada entidad comprara de manera individual. De esta manera, las entidades que participarán en la compra corporativa encargan a una de ellas el desarrollo, ejecución y conducción del proceso de selección que les permita seleccionar al proveedor o proveedores que se encargarán de la atención de sus requerimientos.

Los primeros antecedentes normativos para poderse llevar esta modalidad, son el artículo 17º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, y el artículo 31º de la Ley N.º 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2004, los cuales establecieron la posibilidad de que las entidades, mediante la suscripción de convenios interinstitucionales, puedan adquirir bienes y contratar servicios, aprovechando las economías de escala de una compra conjunta, en las mejores y más ventajosas condiciones para el Estado. Pero por la mentalidad negativa de las autoridades de turno casi ninguna entidad a optado por esta opción, pues el hecho de no poder tener acceso a los procesos de adjudicación, hace que las autoridades municipales no convengan en esto, porque atenta a sus beneficios personales.
Dentro de la búsqueda del ahorro y eficiencia en el uso de los recursos públicos, las Compras Corporativas contribuyen en tanto nos permiten obtener menores precios en los bienes o servicios que se desean adquirir o contratar, porque directa o indirectamente la demanda agregada permite tener una mejor posición de negociación frente a los proveedores; en la medida que se adquiere por grandes volúmenes, se puede exigir mejores condiciones para los productos que se requieren y obtener mejores precios para todas las entidades. En efecto, en las compras bajo los procesos comunes se aprecia que las diversas entidades adquieren los mismos bienes a distintos precios, y en diferentes condiciones; con las compras corporativas se pretende obtener precios ventajosos para todas las Entidades así como beneficios adicionales que de otro modo algunas entidades con requerimientos pequeños no tendrían capacidad de exigir a sus proveedores. Permiten una adecuada racionalización de los recursos, porque disminuye el número de procesos de selección a ejecutar y, por ende, los costos de transacción, lo cual redundará en la gestión de compra de las entidades participantes, quienes podrán emplear sus recursos humanos de mejor manera. Se fomenta la uniformidad en los bienes y servicios que contrata el Estado, lo cual va a permitir a su vez que el Estado brinde a los administrados servicios más homogéneos. Se facilita la supervisión de los procesos, en tanto los órganos de control podrán ejercer de mejor manera su labor de fiscalización, reduciéndose al mínimo la posibilidad del manejo ineficiente de recursos. Finalmente, se le da un mayor valor agregado al dinero del Estado, puesto que se podrá adquirir por el mismo precio una mayor cantidad de bienes, en mejores condiciones para la Entidad. No sólo está de por medio el costo directo de los bienes sino el costo de transacción.

En realidad, el reto más importante de esta propuesta es lograr la gestión del cambio, es decir, tanto las Entidades, los funcionarios logísticos y, en general, los operadores del sistema, debemos entender que mediante las Compras Corporativas no estamos perdiendo parte de nuestra autonomía para comprar o contratar, ni existe una intromisión en nuestras funciones, sino por el contrario, estamos cooperando con el objetivo de lograr una optimización en las compras del Estado, dándole un mayor valor a nuestros recursos dado que, por la misma cantidad de dinero, vamos a poder obtener una mayor cantidad de bienes y en mejores condiciones que las que obtendríamos de contratar individualmente, con lo cual se va a tener la posibilidad de mejorar la gestión de nuestras entidades, pudiéndose emplear este método en las adquisiciones de alimentos de los Programas del Vaso de Leche, que generalmente están politizados y plagados de mafias internas, en desmedro de nuestra niñez.

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